Procedimiento para lograr la declaratoria de una manifestación cultural vigente:
De la declaratoria de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la NaciónEl Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declara como Patrimonio Cultural de la Nación las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, de acuerdo a sus características, importancia, valor, alcance, difusión y significado en la vida, en la representación simbólica ligada a la identidad en el desarrollo humano, histórico, social y cultural de la Nación.
El procedimiento para la declaratoria de patrimonio inmaterial se inicia de Oficio por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, la cual elaborará el informe técnico respectivo debidamente sustentado, el cual será remitido a la Dirección General de Patrimonio Cultural
Las actuaciones de la Dirección de Patrimonio Inmaterial podrán sustentarse en peticiones de parte, situación que deberá ser comunicada a la Dirección General de Patrimonio Cultural, con copia al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.
Para la evaluación de los expedientes, la Dirección de Patrimonio Inmaterial requerirá contar con la siguiente documentación y/o elementos:
El Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declara como Patrimonio Cultural de la Nación, la obra de grandes maestros, sabios y creadores que contribuya al rescate, registro, estudio, difusión y salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.
El procedimiento para la declaratoria de la obra de grandes maestros, sabios y creadores se inicia de Oficio por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, elaborando el informe técnico respectivo debidamente sustentado, el cual será remitido a la Dirección General de Patrimonio Cultural
Las actuaciones de la Dirección de Patrimonio Inmaterial podrán sustentarse en peticiones de parte, situación que deberá ser comunicada a la Dirección General de Patrimonio Cultural, con copia al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales.
Para la evaluación de los expedientes, la Dirección de Patrimonio Inmaterial requerirá contar con los documentos que acrediten la contribución de la obra del maestro, sabio o creador que contribuya al rescate, registro, estudio, difusión y salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial.
La Dirección de Patrimonio Inmaterial evalúa el expediente, teniendo en cuenta los siguientes criterios técnicos: